TU NO ESTAS SOLO O SOLA EN ESTE MUNDO
TU NO ESTAS SOLO O SOLA EN ESTE MUNDO SI TE HA GUSTADO UN ARTICULO, COMPARTELO, DIFUNDELO EN LS REDES SOCIALES, FACEBOOK, TWITTER

viernes, 8 de octubre de 2010

INTERESANTE VOTO DE MINORIA DE JUEZ HAROLDO BRITO

01-10-2010
 CORTE SUPREMA RESUELVE RECURSO DE PROTECCIÓN POR MAPUCHES EN HUELGA DE HAMBRE EN TEMUCO Y ANGOL

 

La Corte Suprema confirmó que Gendarmería de Chile puede adoptar las medidas necesarias para garantizar el buen estado de salud de 13 presos mapuches recluidos en la cárcel de Temuco y 10 presos de Angol y que se encuentran en huelga de hambre desde hace más de 80 días.

En fallo dividido (rol 7074-2010) los ministros de la Tercera Sala Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y los abogados integrantes Rafael Gómez y Ricardo Peralta determinaron confirmar el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió un recurso de protección presentado por Gendarmería de Chile.

"Que de lo expuesto aparecen de manifiesto las facultades que tanto la Ley Orgánica de Gendarmería como el Reglamento Penitenciario han otorgado a dicha institución para cumplir sus objetivos y finalidades dentro del marco constitucional y legal, velando por el respeto de los derechos establecidos a favor de quienes deben permanecer bajo su custodia. Desde esta perspectiva, Gendarmería no sólo debe desarrollar sus funciones ajustada a lo que establece la Constitución Política de la República, sino que además se comprende la obligación de velar por el resguardo de los derechos constitucionales que  asisten a los internos. Es en este entendido que Gendarmería tiene el deber de velar por la vida de quienes están recluidos, cumpliéndose así el mandato constitucional", dice el fallo. 

Agrega: "Que por lo razonado hasta ahora y de los antecedentes allegados al recurso cabe concluir que el actuar de los recurridos no sólo pone en peligro su integridad física
–derecho a la vida que garantiza el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República y que constituye el más esencial de los atributos de la naturaleza humana-, sino que además impide a Gendarmería de Chile cumplir efectivamente con los cometidos que le han sido fijados por su ley orgánica, lo que otorga a dicha conducta caracteres de arbitrariedad que hacen  necesario adoptar las medidas que esta vía cautelar autoriza a fin de restablecer el imperio del derecho".

En uno de los votos de minoría, el ministro Brito estuvo por rechazar el recurso de protección al determinar que Gendarmería de Chile no tiene facultades para poner fin a la huelga de hambre, ya que los reos han optado libremente por la opción de no ingerir alimentos.

"Dicho de manera distinta, cuando los reclusos libremente deciden no alimentarse no  incurren en ilegalidad o arbitrariedad porque simplemente han  ejercido el derecho a la vida de manera coetánea con el de libertad, y toda vez  que unas mismas personas son titulares de ambos es claro que no existe colisión entre estos derechos. (…) Como directa consecuencia de lo anterior,  esto es del   hecho de tratarse de una decisión de aquellos por quienes  precisamente se recurre, también hay que señalar que el recurso debe ser rechazado porque jurídicamente no hay urgencia ni necesidad  de cautela, toda vez que los actos que generan la cuestión han sido ejecutados por los titulares  de los mismos".

Agrega que "Finalmente,   en cuanto a la forma de proceder del estado, en este caso concreto de la administración penitenciaria, si bien es cierto que le asisten los deberes que se destacan por la mayoría, en nuestro criterio el deber de cuidado de los reclusos que  ha sido atribuido a Gendarmería   no es ilimitado  y en la especie, inequívocamente se encuentra cumplido. En efecto, es claro que este deriva de la circunstancia del confinamiento dispuesto por el propio estado y de la disminución o, simplemente,  de la pérdida de las  aptitudes para la autoprotección. Pues bien, en las circunstancias de la especie, tal deber de cuidado  se encuentra cumplido  con la oportuna  puesta a  disposición de los reclusos de todos los medios necesarios para impedir el deterioro físico y psíquico,  y más allá de la entrega de tales recursos no es exigible otra prestación. Con tal hecho claramente se ha cumplido  un estándar mínimo y eficiente a estos efectos, el   que  produce el efecto de liberar al estado  del debido deber de cuidado a consecuencia de la especial condición de aquellas personas"    

El otro voto de minoría, del abogado Peralta, sólo considera que Gendarmería de Chile tiene facultades para poner fin al ayuno.

Cabe recordar que el 24 de septiembre pasado la misma sala, con integración distinta y de manera unánime confirmó un recurso similar por los reos detenidos en las cárceles de Concepción y Lebu

 
Ver Mas Noticias...
01-10-2010
 CORTE SUPREMA RESUELVE RECURSO DE PROTECCIÓN POR MAPUCHES EN HUELGA DE HAMBRE EN TEMUCO Y ANGOL

 

La Corte Suprema confirmó que Gendarmería de Chile puede adoptar las medidas necesarias para garantizar el buen estado de salud de 13 presos mapuches recluidos en la cárcel de Temuco y 10 presos de Angol y que se encuentran en huelga de hambre desde hace más de 80 días.

En fallo dividido (rol 7074-2010) los ministros de la Tercera Sala Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y los abogados integrantes Rafael Gómez y Ricardo Peralta determinaron confirmar el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió un recurso de protección presentado por Gendarmería de Chile.

"Que de lo expuesto aparecen de manifiesto las facultades que tanto la Ley Orgánica de Gendarmería como el Reglamento Penitenciario han otorgado a dicha institución para cumplir sus objetivos y finalidades dentro del marco constitucional y legal, velando por el respeto de los derechos establecidos a favor de quienes deben permanecer bajo su custodia. Desde esta perspectiva, Gendarmería no sólo debe desarrollar sus funciones ajustada a lo que establece la Constitución Política de la República, sino que además se comprende la obligación de velar por el resguardo de los derechos constitucionales que  asisten a los internos. Es en este entendido que Gendarmería tiene el deber de velar por la vida de quienes están recluidos, cumpliéndose así el mandato constitucional", dice el fallo. 

Agrega: "Que por lo razonado hasta ahora y de los antecedentes allegados al recurso cabe concluir que el actuar de los recurridos no sólo pone en peligro su integridad física
–derecho a la vida que garantiza el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República y que constituye el más esencial de los atributos de la naturaleza humana-, sino que además impide a Gendarmería de Chile cumplir efectivamente con los cometidos que le han sido fijados por su ley orgánica, lo que otorga a dicha conducta caracteres de arbitrariedad que hacen  necesario adoptar las medidas que esta vía cautelar autoriza a fin de restablecer el imperio del derecho".

En uno de los votos de minoría, el ministro Brito estuvo por rechazar el recurso de protección al determinar que Gendarmería de Chile no tiene facultades para poner fin a la huelga de hambre, ya que los reos han optado libremente por la opción de no ingerir alimentos.

"Dicho de manera distinta, cuando los reclusos libremente deciden no alimentarse no  incurren en ilegalidad o arbitrariedad porque simplemente han  ejercido el derecho a la vida de manera coetánea con el de libertad, y toda vez  que unas mismas personas son titulares de ambos es claro que no existe colisión entre estos derechos. (…) Como directa consecuencia de lo anterior,  esto es del   hecho de tratarse de una decisión de aquellos por quienes  precisamente se recurre, también hay que señalar que el recurso debe ser rechazado porque jurídicamente no hay urgencia ni necesidad  de cautela, toda vez que los actos que generan la cuestión han sido ejecutados por los titulares  de los mismos".

Agrega que "Finalmente,   en cuanto a la forma de proceder del estado, en este caso concreto de la administración penitenciaria, si bien es cierto que le asisten los deberes que se destacan por la mayoría, en nuestro criterio el deber de cuidado de los reclusos que  ha sido atribuido a Gendarmería   no es ilimitado  y en la especie, inequívocamente se encuentra cumplido. En efecto, es claro que este deriva de la circunstancia del confinamiento dispuesto por el propio estado y de la disminución o, simplemente,  de la pérdida de las  aptitudes para la autoprotección. Pues bien, en las circunstancias de la especie, tal deber de cuidado  se encuentra cumplido  con la oportuna  puesta a  disposición de los reclusos de todos los medios necesarios para impedir el deterioro físico y psíquico,  y más allá de la entrega de tales recursos no es exigible otra prestación. Con tal hecho claramente se ha cumplido  un estándar mínimo y eficiente a estos efectos, el   que  produce el efecto de liberar al estado  del debido deber de cuidado a consecuencia de la especial condición de aquellas personas"    

El otro voto de minoría, del abogado Peralta, sólo considera que Gendarmería de Chile tiene facultades para poner fin al ayuno.

Cabe recordar que el 24 de septiembre pasado la misma sala, con integración distinta y de manera unánime confirmó un recurso similar por los reos detenidos en las cárceles de Concepción y Lebu

 
Ver Mas Noticias...

01-10-2010

 CORTE SUPREMA RESUELVE RECURSO DE PROTECCIÓN POR MAPUCHES EN HUELGA DE HAMBRE EN TEMUCO Y ANGOL

 

La Corte Suprema confirmó que Gendarmería de Chile puede adoptar las medidas necesarias para garantizar el buen estado de salud de 13 presos mapuches recluidos en la cárcel de Temuco y 10 presos de Angol y que se encuentran en huelga de hambre desde hace más de 80 días.

En fallo dividido (rol 7074-2010) los ministros de la Tercera Sala Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y los abogados integrantes Rafael Gómez y Ricardo Peralta determinaron confirmar el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió un recurso de protección presentado por Gendarmería de Chile.

"Que de lo expuesto aparecen de manifiesto las facultades que tanto la Ley Orgánica de Gendarmería como el Reglamento Penitenciario han otorgado a dicha institución para cumplir sus objetivos y finalidades dentro del marco constitucional y legal, velando por el respeto de los derechos establecidos a favor de quienes deben permanecer bajo su custodia. Desde esta perspectiva, Gendarmería no sólo debe desarrollar sus funciones ajustada a lo que establece la Constitución Política de la República, sino que además se comprende la obligación de velar por el resguardo de los derechos constitucionales que  asisten a los internos. Es en este entendido que Gendarmería tiene el deber de velar por la vida de quienes están recluidos, cumpliéndose así el mandato constitucional", dice el fallo. 

Agrega: "Que por lo razonado hasta ahora y de los antecedentes allegados al recurso cabe concluir que el actuar de los recurridos no sólo pone en peligro su integridad física
–derecho a la vida que garantiza el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República y que constituye el más esencial de los atributos de la naturaleza humana-, sino que además impide a Gendarmería de Chile cumplir efectivamente con los cometidos que le han sido fijados por su ley orgánica, lo que otorga a dicha conducta caracteres de arbitrariedad que hacen  necesario adoptar las medidas que esta vía cautelar autoriza a fin de restablecer el imperio del derecho".

En uno de los votos de minoría, el ministro Brito estuvo por rechazar el recurso de protección al determinar que Gendarmería de Chile no tiene facultades para poner fin a la huelga de hambre, ya que los reos han optado libremente por la opción de no ingerir alimentos.

"Dicho de manera distinta, cuando los reclusos libremente deciden no alimentarse no  incurren en ilegalidad o arbitrariedad porque simplemente han  ejercido el derecho a la vida de manera coetánea con el de libertad, y toda vez  que unas mismas personas son titulares de ambos es claro que no existe colisión entre estos derechos. (…) Como directa consecuencia de lo anterior,  esto es del   hecho de tratarse de una decisión de aquellos por quienes  precisamente se recurre, también hay que señalar que el recurso debe ser rechazado porque jurídicamente no hay urgencia ni necesidad  de cautela, toda vez que los actos que generan la cuestión han sido ejecutados por los titulares  de los mismos".

Agrega que "Finalmente,   en cuanto a la forma de proceder del estado, en este caso concreto de la administración penitenciaria, si bien es cierto que le asisten los deberes que se destacan por la mayoría, en nuestro criterio el deber de cuidado de los reclusos que  ha sido atribuido a Gendarmería   no es ilimitado  y en la especie, inequívocamente se encuentra cumplido. En efecto, es claro que este deriva de la circunstancia del confinamiento dispuesto por el propio estado y de la disminución o, simplemente,  de la pérdida de las  aptitudes para la autoprotección. Pues bien, en las circunstancias de la especie, tal deber de cuidado  se encuentra cumplido  con la oportuna  puesta a  disposición de los reclusos de todos los medios necesarios para impedir el deterioro físico y psíquico,  y más allá de la entrega de tales recursos no es exigible otra prestación. Con tal hecho claramente se ha cumplido  un estándar mínimo y eficiente a estos efectos, el   que  produce el efecto de liberar al estado  del debido deber de cuidado a consecuencia de la especial condición de aquellas personas"    

El otro voto de minoría, del abogado Peralta, sólo considera que Gendarmería de Chile tiene facultades para poner fin al ayuno.

Cabe recordar que el 24 de septiembre pasado la misma sala, con integración distinta y de manera unánime confirmó un recurso similar por los reos detenidos en las cárceles de Concepción y Lebu

 

Ver Mas Noticias...

 


Fuente:
Difundan libremente  este artículo
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

www.consultajuridica.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.calentamientoglobalchile.blogspot.com
www.respsoem.blogspot.com
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

Conflicto Mapuche: lo que debemos escuchar por Diputado Gonzalo Arenas

Conflicto Mapuche: lo que debemos escuchar

avatar
Gonzalo Arenas
Diputado UDI

Más allá de la huelga de hambre que han sostenido comuneros mapuche en la Araucanía, los problemas de fondo en la relación Mapuche-Gobierno se mantienen intactos.

¿Qué haremos para superarlos? Siempre hay distintas opciones.

Primero, podemos celebrar el término de la huelga y olvidarnos del problema hasta que se queme otro camión o haya otra huelga de hambre y en el intertanto, hacer como si el problema no existiera. Es lo más cómodo y, por tanto, lo más probable.

También podemos hacer como que escuchamos los planteamientos de fondo del pueblo Mapuche, pero en realidad sólo tramitamos los mismos temas que se han discutido por décadas y así dilatar el problema hasta que "se aburran de pedir" o suceda algún "hecho extraordinario" que lo resuelva como por arte de magia. Es lo más irresponsable y, por tanto, muy probable también.

En tercer lugar, podemos tomar decisiones rápidas en lo que siempre nuestras autoridades han creído es el principal problema del pueblo Mapuche, esto es,  la pobreza.  Así, cuando desaparezca la pobreza ya no existirá el problema Mapuche; entonces, a trabajar con Mideplan, a implementar el Plan Araucanía, esperemos que suba el per cápita regional y se acabo el problema…. Es lo más ingenuo y, por tanto, también muy probable.

Escuchar en forma atenta, fijándonos en los detalles, en los mensajes, en las actitudes, es decir, escuchar realmente lo que surge del tema Mapuche y no sólo lo que nos gustaría ver del pueblo Mapuche. Es lo más difícil y, por eso, requiere un esfuerzo como país, no sólo del Gobierno.

Por último y como cuarto camino a seguir, podemos "escuchar" las advertencias y los sonidos de la época y comenzar a trabajar en los temas de fondo que sirven de sustrato para la violencia en la Araucanía. Escuchar en forma atenta, fijándonos en los detalles, en los mensajes, en las actitudes, es decir, escuchar realmente lo que surge del tema Mapuche y no sólo lo que nos gustaría ver del pueblo Mapuche. Es lo más difícil y, por eso, requiere un esfuerzo como país, no sólo del Gobierno.

Si realmente queremos "escuchar", entonces debemos asumir algunas ideas básicas.

  1. Si bien todos señalan que los violentistas son "grupos minoritarios", deberíamos cuestionarnos esa afirmación, pues si efectivamente son tan minoritarios y no representan a la inmensa mayoría de las comunidades mapuche, ¿por qué no surgen voces desde el propio pueblo Mapuche criticando a estos grupos? ¿Por qué no hubo dirigentes mapuche criticando la actitud de los huelguistas? Porque en el fondo, si bien muchos no comparten sus métodos, existe un sustrato real que es compartido por todo el pueblo Mapuche sobre derechos y discriminaciones aún no reconocidas y eso produce solidaridad.
  2. Cada vez en mayor proporción, los dirigentes mapuche jóvenes, con estudios universitarios -como la vocera Natividad Llanquileo (estudiante de Derecho)- expresan que no se sienten chilenos, que son mapuche y que no ven su futuro dentro de la sociedad chilena, sino que al margen de ella.
  3. Cada vez se aprecia más una evolución del discurso de los dirigentes Mapuche, quienes  ya no sólo hablan de reivindicación de tierras, sino que proclaman ideas y derechos como Nación Mapuche, Derechos Colectivos, Autodeterminación, Autonomía, entre otros.

Por eso y si uno "escucha", lo que viene en el debate sobre los pueblos originarios, queramos o no, ya no será una discusión sólo sobre tierras, sino también sobre derechos. En ese escenario, como país debemos generar consensos mínimos sobre qué estamos dispuestos a entender por pueblo Mapuche, por Nación Mapuche, por Derechos Colectivos, por Autonomía, por Autodeterminación.

No me quiero pronunciar ahora sobre la validez o la conveniencia de dichas posturas, pero como sociedad debemos asumir estas interrogantes y dar respuestas; de lo contrario, no sólo estaremos siendo injustos con algunas justas reivindicaciones del pueblo Mapuche, sino que además seremos injustos con los cientos de miles de chilenos no mapuches que viven en la Araucanía y que estarán condenados a vivir en una región en la que nadie quiere invertir producto de la violencia. Además, estaremos siendo injustos con el país en su conjunto, porque es un camino natural y se puede confirmar a través de la historia cientos de veces, que las reivindicaciones de pueblos o grupos étnicos, cuando el Estado no es capaz de canalizarlas, terminan inevitablemente en luchas extremistas que marcan a sangre y fuego  a toda una generación.

En otras palabras, el "escuchar" los nuevos vientos del llamado "conflicto mapuche" es una responsabilidad política ineludible.

Estoy convencido que el llamado "conflicto mapuche" tiene solución, pero es a largo plazo y debe existir un consenso político amplio de su importancia para el país. Con eso, no sólo se evitarán males futuros mayores, sino que además sumaremos riqueza a nuestro país. Tendremos un pueblo Mapuche que haga carne el concepto KÜME FELEN, es decir, estar bien, en armonía, en equilibrio (el bienestar en armonía) con la sociedad chilena, lo cual será un patrimonio muy valioso para Chile.

Llegó el momento de hacernos preguntas difíciles, porque después será demasiado tarde
Fuente:http://www.elmostrador.cl/opinion/2010/10/08/conflicto-mapuche-lo-que-debemos-escuchar/
Difundan libremente  este artículo
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

www.consultajuridica.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.calentamientoglobalchile.blogspot.com
www.respsoem.blogspot.com
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

indigena chile: La Moneda se despliega en zona mapuche y apuesta a cerrar conflicto

La Moneda se despliega en zona mapuche y apuesta a cerrar conflicto

por M. Donoso, L. Ferraro y J. Peñailillo
  •  

    Presidente Piñera visitará un liceo en Purén, y ministro Hinzpeter se reunirá con Ezzati.

  • Compartir 
Ampliar

Una semana después que el gobierno suscribiera con comuneros de Concepción, Lebu y Temuco un acuerdo para deponer la huelga de hambre que mantuvieron por más de 80 días, La Moneda realizará un fuerte despliegue en terreno en la zona mapuche.

La estrategia apunta a dos objetivos: retomar la agenda vinculada al Plan Araucanía, y tender puentes para conseguir que 10 mapuches que siguen el ayuno en Angol pongan fin a la protesta.

El diseño de Palacio contempla el viaje de Sebastián Piñera y Cristián Larroulet a La Araucanía, además de la visita de Rodrigo Hinzpeter a Concepción.

"Privilegiando el diálogo vamos a encontrar una solución (...) espero que los comuneros que aún quedan en huelga reciban nuestro mensaje y depongan su ayuno cuanto antes", dijo ayer el titular de Interior.

Hinzpeter tiene previsto reunirse a las 10 horas con el arzobispo Ricardo Ezzati en la casa de este último, quien ha oficiado de "facilitador del diálogo" entre los comuneros y el gobierno.

El despliegue en la zona mapuche considera la visita de Piñera al liceo Indómito de Purén, el que será el primer liceo de excelencia multicultural del país.

En el Ejecutivo esperan que las visitas de Hinzpeter y el titular de la Segpres -quien viajó ayer a Temuco- puedan provocar un "efecto similar" a la visita que efectuaron el viernes a la IX Región, tras la cual se depuso la huelga de la mayoría de los mapuches. Ayer, en el comité político de los jueves -que reune al Presidente, con los ministros de La Moneda y la jefa de asesores María Luisa Brahm- advirtieron la necesidad de cerrar el flanco de conflicto.

En esa lógica también se produjo ayer la cita entre el subsecretario de la Segpres, Claudio Alvarado -quien lideró las negociaciones la semana pasada-, con los voceros de los comuneros de Angol que estaban en Santiago.

Desvinculados de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), éstos han mantenido una postura inflexible respecto de sus demandas para deponer el ayuno. Entre otros puntos, exigen que el Ministerio Público asimile la disponibilidad del gobierno para recalificar las querellas que originalmente fueron interpuestas invocando la ley antiterrorista. También demandan una reforma más radical a la ley, donde se deje de tipificar como delito terrorista los incendios contra la propiedad privada.

Las nuevas señales del Ejecutivo ocurren en momentos en que comuneros han advertido su molestia por la demora del gobierno en recalificar las querellas, tal como fue el compromiso adquirido el viernes pasado.

Ayer, la defensa de una decena de activistas solicitaron al tribunal de Cañete que se revocara la prisión preventiva que pesa sobre ellos. La medida, sin embargo, fue rechazada por el juzgado, fallo que, según los comuneros, pudo haber estado influenciado por la tardanza en el retiro de las querellas.

Al respecto, la vocera Ena von Baer -quien estuvo de visita en Concepción- destacó que el gobierno ya inició el retiro de las demandas y que aún está dentro de los cinco días de plazo que se fijó. "Se está trabajando, tenemos un plazo y lo vamos a cumplir", afirmó.

Comuneros en huelga piden más medidas para deponer ayuno

Una protesta de alrededor de 30 estudiantes en los alrededores de los Tribunales de Justicia fue el telón de fondo de la reunión que sostuvo el presidente de la Corte Suprema, Milton Juica, con los voceros de los 10 mapuches que mantienen la huelga de hambre en Angol.

La cita fue solicitada por los representantes de los comuneros, quienes originalmente apuntaban a sumar al Poder Judicial y al Congreso en la mesa de diálogo que instaló el Ejecutivo. Una petición que terminó por quebrar la instancia de acercamiento y que distanció a los reos de Angol, que mantuvieron el ayuno una vez que el resto de los comuneros depuso la protesta el viernes pasado.

Tras el encuentro, Rodrigo Curipán valoró la buena voluntad del timonel de la Corte Suprema. "Nos vamos con una sensación de que nos escuchó", sentenció el vocero.

Curipán -quien fue acompañado por Jorge Huenchullán y Víctor Queipul- subrayó que al gobierno le corresponde buscar nuevas fórmulas para satisfacer las demandas de los huelguistas. Y deslizó la posibilidad de debatir en torno a las "demandas de tierras" de los mapuches.

"Le cabe al gobierno buscar una salida alternativa al problema, que refleje que tiene una preocupación distinta a la de otros gobiernos con respecto a las demandas de tierras", sentenció el vocero.


Fuente:
Difundan libremente  este artículo
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

www.consultajuridica.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.calentamientoglobalchile.blogspot.com
www.respsoem.blogspot.com
 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile