La UDP asegura que los casos relacionados con el Convenio 169 de la OIT son "desmantelados" al llegar al máximo tribunal.
Dos comunidades mapuche de la localidad de Lof Palguín recibieron en enero de 2010 una sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que acogió un recurso de protección interpuesto contra la calificación favorable de la Corema de la Araucanía para la instalación de un proyecto de piscicultura.
La corte basó su fallo en el Convenio 169 de la OIT, que entró en vigencia en septiembre de 2009 en Chile, y dispuso que el permiso ambiental quedaba sin efecto porque no se había consultado a los pueblos indígenas. Más tarde, la Corte Suprema revocó la sentencia y argumentó que la consulta a los pueblos originarios estaba sujeta a las normas sobre participación ambiental de la legislación chilena.
Según el octavo informe del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, presentado ayer, no es la primera vez que la Corte Suprema "vacía de contenido" las disposiciones del Convenio 169.
El director del centro de DD.HH., Jorge Contesse, explica que "salvo un caso, el máximo tribunal ha ido desarrollando una jurisprudencia que desatiende las obligaciones de Chile y sitúa al Estado en la senda del incumplimiento de sus compromisos internacionales". Como ejemplo, el texto cita varios fallos que revierten decisiones que validaban el tratado internacional.
El estudio señala que el convenio internacional es claro en que se debe consultar a los pueblos indígenas "cada vez que se prevean medidas legislativas y administrativas susceptibles de afectarles directamente".
Sin embargo, señala el documento, el gobierno de Michelle Bachelet publicó un decreto (124) que reglamentó la norma sobre participación, restringiendo el ámbito de aplicación y participación de la consulta.
Contesse aseguró que "el gobierno actual avala este decreto, aunque claramente incumple los estándares internacionales en materia de consulta".
Sobre esto, el asesor especial para Asuntos Indígenas, Sebastián Donoso, respondió que la opinión del gobierno de Sebastián Piñera es que "se está cumpliendo el convenio". Además, asegura Donoso, "la Corte Suprema ha dicho que cumplidas ciertas condiciones en los procesos de participación ciudadana, en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se cumple con la normativa".
En el máximo tribunal se declinó comentar el informe de la UDP.
Claudia Urquieta
Difundan libremente este artículo
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
www.consultajuridica.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.calentamientoglobalchile.blogspot.com
www.respsoem.blogspot.com
CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO - GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES , asesorías a nivel nacional e internacional y están disponibles para OTEC Y OTIC en Chile